Concurso de acreedores terminado Profode SL

Concurso de acreedores terminado Profode SL

El 08-01-2020, Profode SL, en MERIDA (Badajoz) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06111868. La principal actividad de la empresa Profode SL es actividades de construcción especializada. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Profode SL

Nombre de la mercantil: Profode SL
Localidad: MERIDA
Provincia: Badajoz
Dirección: VALENCIA (POL INDUSTRIAL EL PRADO) 006800 MERIDA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B06111868
Número De Insolvencia: B06111868
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ

Actividad Principal de Profode SL

La actividad de la empresa Profode SL es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Profode SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

22-01-2020
A200002869

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,Anuncia:Que en la Sección I Declaración Concurso 227/2017 seguido en este órgano judicial, a instancia del Procurador don LUIS VELA ÁLVAREZ, en nombre de PROFODE, S.L., con CIF B-06111868 se ha dictado Auto Nº 2/2020, de fecha 8 de Enero de 2020, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1.- Declarar la conclusión del concurso PROFODE, S.L., con CIF B- 06111868, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal integrada por don RAFAEL MARRAS FERNÁNDEZ-CID.Badajoz, 17 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

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