Concurso de acreedores Soluciones Tecnicas DiGitales SL

Concurso de acreedores Soluciones Tecnicas DiGitales SL

El 18-10-2019, Soluciones Tecnicas DiGitales SL, en MOLINA DE SEGURA (Murcia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. Como síndico se ha designado POLO DE MEDINA PROCEDIMIENTOS CONCURSALES S.L.P.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B73483281. La principal actividad de la empresa Soluciones Tecnicas DiGitales SL es reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Soluciones Tecnicas DiGitales SL

Nombre de la mercantil: Soluciones Tecnicas DiGitales SL
Localidad: MOLINA DE SEGURA
Provincia: Murcia
Dirección: CIEZA (POL INDUSTRIAL LA POLVORISTA) 1330500 MOLINA DE SEGURA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B73483281
Número De Insolvencia: B73483281
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Soluciones Tecnicas DiGitales SL

La actividad de la empresa Soluciones Tecnicas DiGitales SL es Otros servicios

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Publicaciones Concurso de acreedores Soluciones Tecnicas DiGitales SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

31-10-2019
A190060416

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
En el Juzgado Mercantil 1 de Murcia se ha dictado el presente edicto:1.- Que en sección I declaración de concurso 591/19 y n.i.g. 30030 47 1 2019 0001170, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 18 de octubre de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Soluciones Técnicas Digitales, S.L., con CIF B73483281, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cieza nº 13, Pol. Ind. La Polvorista, Molina de Segura, Murcia.2.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor, siendo sustituidas por la Administración concursal.3.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la lc, será de un mes desde la publicación de la presente.La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede en el juzgado o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.4.- La identidad de la administración concursal es la siguiente: El economista-auditor José María Moreno García con dni 22468212-H, quien lo hace en nombre y representación de la sociedad nombrada administrador concursal Polo de Medina Procedimientos Concursales, S.L.P., con CIF B73789653 y domicilio profesional en calle Polo de Medina nº 21, 3º, 30004 de Murcia, con Teléfono 968 221 922, e-mail [email protected] a los efectos del art. 30 de la Ley Concursal.5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procuradora y asistidos de Abogado7a (artículo 184.3 LC).6.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso será la del Registro Público Concursal.Murcia, 24 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Última dirección de Soluciones Tecnicas DiGitales SL:

 

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