Concurso de acreedores Levitile Iberica Sa
El 20-11-2019, Levitile Iberica Sa, en ONDA (Castellón) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12515219. La principal actividad de la empresa Levitile Iberica Sa es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Levitile Iberica Sa
Nombre de la mercantil: Levitile Iberica Sa
Localidad: ONDA
Provincia: Castellón
Dirección: REAL DE EXTREMADURA 2412200 ONDA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A12515219
Número De Insolvencia: A12515219
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Levitile Iberica Sa
La actividad de la empresa Levitile Iberica Sa es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores Levitile Iberica Sa:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
23-12-2019
A190072280
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDoña Mª de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:Primero: Que por auto de fecha 20 de noviembre de 2019, dictado en el procedimiento de concurso abreviado [cna], n º 000525/2019, n.i.g. nº 12040-66-1-2019-0000572, seguido en este juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor Levitile Ibérica, S.A.U., domiciliado en Onda (Castellón), Polígono Industrial Sepes, camino Ratils, Parcela m8 y CIF número A12515219.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como Administrador concursal a don Roque Gambaro Royo, con domicilio en calle Pintor López nº 6, Entresuelo Derecha de Valencia (CP 46003) y dirección electrónica [email protected] a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la Administración concursal será de un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón de la Plana, 25 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.
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