Concurso de acreedores Generating For Progress Sociedad Limitada.

Concurso de acreedores Generating For Progress Sociedad Limitada.

El 16-01-2020, Generating For Progress Sociedad Limitada., en SAN PEDRO DEL PINATAR (Murcia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. Como síndico se ha designado ACTIO INSOLVENTIAE SLP.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30808075. La principal actividad de la empresa Generating For Progress Sociedad Limitada. es ingeniería civil. La Junta de Acreedores está planificada.

Información General de Generating For Progress Sociedad Limitada.

Nombre de la mercantil: Generating For Progress Sociedad Limitada.
Localidad: SAN PEDRO DEL PINATAR
Provincia: Murcia
Dirección: MIGUEL HERNANDEZ, 23 – PISO 1 DR 030740 SAN PEDRO DEL PINATAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B30808075
Número De Insolvencia: B30808075
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Generating For Progress Sociedad Limitada.

La actividad de la empresa Generating For Progress Sociedad Limitada. es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores Generating For Progress Sociedad Limitada.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

13-10-2020
A200046357

 

Convocatoria de Junta de Acreedores

 
EdictoDoña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º1 de Murcia, anuncia:1.— Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 737/2019 referente al concursado GENERATING FOR PROGRESS,S.L., con CIF B30808075, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 15 de diciembre de 2020 a las 13:30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado.2.— Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por el deudor.Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficia judicial.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 354 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal.3.— Tienen derecho de asistencia a la junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 363 del texto Refundido de la Ley Concursal.Murcia, 24 de septiembre de 2020.- La Letrada d ela Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

28-01-2020
A200004014

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D./Dª. Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Murcia, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 737/2019 y NIG nº 30030 47 1 2019 0001444 se ha dictado en fecha 16 de enero de 2020 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor GENERATING FOR PROGRESS, S.L. con CIF B30808075, con domicilio en calle Miguel Hernández nº 23, 1º- derecha -30740- San Pedro del Pinatar (Murcia).2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.Se ha designado, como administración concursal a la sociedad ACTIO INSOLVENTIAE, S.L.P. con CIF B73820979, domicilio en calle Merced nº 5, 2º E – 30001 – Murcia, teléfono 640055292 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Murcia, 23 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

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