Concurso de acreedores terminado Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada
El 07-01-2020, Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada, en LLANGREU (Asturias) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B33398991. La principal actividad de la empresa Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada es actividades inmobiliarias. El concurso ha concluido.
Información General de Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada
Localidad: LLANGREU
Provincia: Asturias
Dirección: CONSTITUCION 4133900 LLANGREU
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B33398991
Número De Insolvencia: B33398991
Juzgado: Juzgado de OVIEDO
Actividad Principal de Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada es Alquiler y gestión de inmuebles
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Sanchez Y Mendivil Sociedad Limitada:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
17-01-2020
A200002005
Auto de declaración de concurso voluntario
Conclusión del concurso
Edictodon Andrés Prada Horche, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 2 de Oviedo,En este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario 0000442/2019 del concursado Pedro Sánchez Mendivil, con NIF 32.879.857-T y domicilio en Calle Fray Ceferino, 7-4°, Oviedo (Asturias), en los que se ha dictado Auto de declaración de concurso voluntario y conclusión del concurso con fecha 7 de enero 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:1. – Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por Pedro Sánchez Mendivil.2. – Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Pedro Sánchez Mendivil.3. – Se acuerda la conclusión del concurso de Pedro Sánchez Mendivil por inexistencia de masa activa.4. – En cuanto a la exoneración del pasivo insatisfecho, una vez firme la presente resolución, se acordará lo que proceda.5. – Anúnciese la declaración y la conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, en el registro Concursal.Los respectivos oficios se entregaran al procurador para su diligenciamiento por vía de urgencia.6. – Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Civil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por la procuradora instante de éste expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.Oviedo, 7 de enero de 2020.- Letrado Administración de Justicia, Andrés Prada Horche.
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