Concurso de acreedores terminado Bueno Vallina SL.

Concurso de acreedores terminado Bueno Vallina SL.

El 17-01-2020, Bueno Vallina SL., en SAN MARTIN DEL REY AURELIO (Asturias) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B74389735. La principal actividad de la empresa Bueno Vallina SL. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Bueno Vallina SL.

Nombre de la mercantil: Bueno Vallina SL.
Localidad: SAN MARTIN DEL REY AURELIO
Provincia: Asturias
Dirección: TORRES QUEVEDO (EL ENTREGO), 12 – PISO 2 B 033950 SAN MARTIN DEL REY AURELIO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B74389735
Número De Insolvencia: B74389735
Juzgado: Juzgado de OVIEDO

Actividad Principal de Bueno Vallina SL.

La actividad de la empresa Bueno Vallina SL. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Bueno Vallina SL.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-03-2020
A200015395

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Oviedo, por el presenteHago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 418/19, siendo el concursado BUENO VALLINA, S.L., el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes, ha dictado Auto en fecha 2 de marzo de 2020, que no es firme, en el que se acuerda declarar el concurso voluntario de BUENO VALLINA, S.L., con CIF: B-74389735, acordando al propio tiempo su conclusión por insuficiencia de masa activa y la extinción de la persona jurídica concursada, no obstante lo cual, quedará responsable del pago de los créditos existentes.El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificaciónOviedo, 2 de marzo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

10-02-2020
A200006595

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoDoña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente hago saber:Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 468/19 y NIG 33044 47 1 2019 0000973, siendo la concursada Soraya Bueno Vallina, la Sra. Magistrada Carmen Márquez Jiménez ha dictado Auto en fecha 17/01/20, que no es firme, en el que se acuerda declarar el concurso voluntario de Soraya Bueno Vallina, con NIF 76948754-T, acordando al propio tiempo su conclusión por insuficiencia de masa activa.Habiendo solicitado el mediador concursal la concesión del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, se hace constar a los acreedores que dispondrán de un plazo de 5 días,a computar desde la publicación de este edicto en el BOE, para que aleguen cuanto estimen oportuno en cuanto a la concesión del expresado beneficio.El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.Oviedo, 21 de enero de 2020.- Letrado de la Administracion de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

Última dirección de Bueno Vallina SL.:

 

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