Concurso de acreedores terminado Restuento Sociedad Limitada.

Concurso de acreedores terminado Restuento Sociedad Limitada.

El 28-05-2020, Restuento Sociedad Limitada., en ALGORTA (Vizcaya) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B95728770. La principal actividad de la empresa Restuento Sociedad Limitada. es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Restuento Sociedad Limitada.

Nombre de la mercantil: Restuento Sociedad Limitada.
Localidad: ALGORTA
Provincia: Vizcaya
Dirección: IZARO, 8 – PISO 2 B DR 048991 ALGORTA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B95728770
Número De Insolvencia: B95728770
Juzgado: Juzgado de BILBAO

Actividad Principal de Restuento Sociedad Limitada.

La actividad de la empresa Restuento Sociedad Limitada. es Información y comunicaciones

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Restuento Sociedad Limitada.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-07-2020
A200028248

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoDoña Fernanda Abiega Gil, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Bilbao en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 487/2020 en el que figura como concursada RESTUENTO, S.L. con CIF B-95728770, se ha dictado el día de hoy auto de declaración y conclusión del concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.Dicho auto no es firme pudiendo interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles, ampliado en otros veinte días hábiles más, al resultar aplicable en este caso lo previsto en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los plazos establecidos en esta solución se encuentran suspendidos, al no tratarse de un asunto urgente.Bilbao, 28 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, D.ª Fernanda Abiega Gil.

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