Concurso de acreedores terminado Furniture Molla SL.
El 25-09-2020, Furniture Molla SL., en VALLADA (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B98548126. La principal actividad de la empresa Furniture Molla SL. es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Furniture Molla SL.
Nombre de la mercantil: Furniture Molla SL.
Localidad: VALLADA
Provincia: Valencia
Dirección: DEL MIG 446691 VALLADA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B98548126
Número De Insolvencia: B98548126
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Furniture Molla SL.
La actividad de la empresa Furniture Molla SL. es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Furniture Molla SL.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-10-2020
A200046081
Auto de declaración de concurso voluntario
Conclusión del concurso
Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y,Hago Saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario nº 1299/2019 habiéndose dictado en fecha veinticinco de septiembre de dos mil veinte por el Ilustrísimo señor Magistrado Juez, don Jacinto Talens Seguí, auto de declaración de concurso de acreedores de FURNITURE MOLLA, S.L., con domicilio en calle del Mig nº 4, Vallada, Valencia, y CIF N 98548126 inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 9660 libro 6942 folio 102 hoja V 154978 y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda conforme al artículo 176 BIS de la Ley Concursal, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el BOE.Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 25 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Mª José Roig Sapiña.
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