Concurso de acreedores Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.

Concurso de acreedores Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.

El 31-08-2020, Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL., en INCA (Baleares) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57863060. La principal actividad de la empresa Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL. es reparación e instalación de maquinaria y equipo. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.

Nombre de la mercantil: Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.
Localidad: INCA
Provincia: Baleares
Dirección: DE JAUME II, 3 – PISO 1 B 007300 INCA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B57863060
Número De Insolvencia: B57863060
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.

La actividad de la empresa Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL. es Industria

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Publicaciones Concurso de acreedores Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-10-2020
A200046706

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Margarita Juan Losa, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso abreviado 919/20 y NIG n.º 07040 47 1 2020 0002865 se ha dictado en fecha 31 de agosto de 2020 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mantenimientos y servicios Ocejon, S.L., con CIF b57863060.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.3.º Se ha designado, como administración concursal a D. Carlos Álvarez Fernández, con DNI número 35023003y, con domicilio profesional en C/ Socors, 21 bajo, 07012 de Palma (Mallorca), teléfono 931595100, fax 931595200 y email [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)Palma de Mallorca, 8 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca, Margarita Juan Losa.

Última dirección de Mantenimiento Y Servicios Ocejon SL.:

 

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