Concurso de acreedores terminado Acotec Proyectos Y Construcciones SL
El 23-11-2011, Acotec Proyectos Y Construcciones SL, en LOIU (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B95243390. La principal actividad de la empresa Acotec Proyectos Y Construcciones SL es actividades de construcción especializada. El concurso ha concluido.
Información General de Acotec Proyectos Y Construcciones SL
Nombre de la mercantil: Acotec Proyectos Y Construcciones SL
Localidad: LOIU
Provincia: Vizcaya
Dirección: NAFARROA KALEA 048180 LOIU
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B95243390
Número De Insolvencia: B95243390
Juzgado: Juzgado de BILBAO
Actividad Principal de Acotec Proyectos Y Construcciones SL
La actividad de la empresa Acotec Proyectos Y Construcciones SL es Construcción
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
19-07-2014
A140037448
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 825/2011, en el que figura como concursada Acotec Proyectos Y Construcciones, S.L. se ha dictado el 9/7/2014 auto declarando concluso en concurso y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos con que satisfacer a los acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Bilbao (Bizkaia), 9 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
13-06-2012
A120040676
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:Que en el procedimiento concursal número 825/2011 referente al concursado Acotec Proyectos y Construcciones, S.L., con DNI B95243390, por auto de fecha 23/05/2012 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Acotec Proyectos y Construcciones, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Bilbao, 23 de mayo de 2012.- El/la Secretario Judicial.
10-12-2011
89038
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 825/2011, por auto de 23 de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Acotec Proyectos y Construcciones, S.L,. con NIF B95243390, con domicilio en Loiu y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Loiu.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Bilbao, 23 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.