Concurso de acreedores Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada
El 20-05-2011, Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada, en CARMONA (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91704635. La principal actividad de la empresa Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Información General de Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada
Localidad: CARMONA
Provincia: Sevilla
Dirección: CARRETERA DE BRENES (KM 16) 041410 CARMONA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B91704635
Número De Insolvencia: B91704635
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Agricola Sevillana La Jineta Sociedad Limitada es Agricultura, silvicultura y pesca
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
18-06-2011
48772
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Anuncia:1.º Que en el procedimiento número 487/2011, por auto de fecha 20/5/2011, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor «Agrícola Sevillana La Jineta, S.L.», con N.I.F. B-91704635, domicilio en Crta. de Brenes a Carmona A-462, km 16, 41410 Carmona (Sevilla).2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).Sevilla, 23 de mayo de 2011.- La Secretaría Judicial.