Concurso de acreedores terminado Agro-Canillas S.L.

Concurso de acreedores terminado Agro-Canillas S.L.

El 24-09-2012, Agro-Canillas S.L., en VELEZ-MALAGA (Málaga) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de MÁLAGA. Como síndico se ha designado CABA TENA, ANTONIO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B29888542. La principal actividad de la empresa Agro-Canillas S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Agro-Canillas S.L.

Nombre de la mercantil: Agro-Canillas S.L.
Localidad: VELEZ-MALAGA
Provincia: Málaga
Dirección: EL HIGUERAL 029700 VELEZ-MALAGA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B29888542
Número De Insolvencia: B29888542
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Agro-Canillas S.L.

La actividad de la empresa Agro-Canillas S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-06-2019
A190035557

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia:Que en el procedimiento concursal nº 1027/2011 (NIG 2906742M20110001798) del deudor AGRO-CANILLAS, S.L., C.I.F. Nº B-29888542, por auto de fecha 11 de junio de 2019 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de AGRO-CANILLAS, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.Contra esta resolución no cabe recurso alguno.Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.Málaga, 12 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

02-01-2014
A130069770

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil núm. 1de Málaga anuncia:Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 1027.05/2011, referente al concursado Agro-Canillas, S.L., por auto de fecha 16 de diciembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación.2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Disolver la sociedad concursada, así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, sin perjuicio de continuar con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes.Málaga, 16 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.

21-02-2013
A130006910

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 1027.02/2011 referente al deudor Agro-Canillas, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Málaga, 7 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

18-10-2012
A120069630

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 1027/11 por auto de fecha 24/9/2012, se ha declarado en concurso necesario el deudor Agro-Canillas, S.L., con CIF 29888542, domicilio social en Vélez Málaga, Camino del Higueral, s/n, centro de principales intereses.2.º Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido en éstas por la administración concursal.3.º Que la administración concursal la integra don Antonio Caba Tena, provisto de DNI 08913984N, vecino de Málaga y dirección postal en calle Marqués de Larios núm. 10, 3.º A y B, TFNO: 951 550550, profesión abogado y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.5.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 8 de octubre de 2012.- Secretario judicial.

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