Concurso de acreedores Aguas De Azuebar Sociedad Limitada

Concurso de acreedores Aguas De Azuebar Sociedad Limitada

El 26-02-2013, Aguas De Azuebar Sociedad Limitada, en AZUEBAR (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12405221. La principal actividad de la empresa Aguas De Azuebar Sociedad Limitada es fabricación de bebidas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Aguas De Azuebar Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Aguas De Azuebar Sociedad Limitada
Localidad: AZUEBAR
Provincia: Castellón
Dirección: EXCELENTISIMA DIPUTACION 2512490 AZUEBAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B12405221
Número De Insolvencia: B12405221
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Aguas De Azuebar Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Aguas De Azuebar Sociedad Limitada es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-04-2013
A130015481

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Don Jorge González Rodríguez, Secretario judicial del Juzgado de los Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero: Que por auto de fecha 26 de febrero de 2013, dictado en el procedimiento de concurso abreviado n.º 000013/2013, NIG n.º 12040-66-2-2013-0000013, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor «Aguas de Azuebar, S.L.», domiciliado en calle Diputación, n.º 25, de Azuebar, Castellón y CIF/DNI número B12405221.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como Administradora concursal a doña María Carmen Fabregó Tarroja, con domicilio en Poeta Verdaguer, n.º 1, entresuelo de Castellón de la Plana y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la Administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón de la Plana, 14 de marzo de 2013.- El/la Secretario/a judicial.

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