Concurso de acreedores terminado Aitzmati S.L.
El 29-04-2013, Aitzmati S.L., en BERGARA (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20923611. La principal actividad de la empresa Aitzmati S.L. es transporte terrestre y por tubería. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Aitzmati S.L.
Nombre de la mercantil: Aitzmati S.L.
Localidad: BERGARA
Provincia: guipúzcoa
Dirección: ARANERREKA KALEA 320570 BERGARA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B20923611
Número De Insolvencia: B20923611
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN
Actividad Principal de Aitzmati S.L.
La actividad de la empresa Aitzmati S.L. es Transporte y almacenamiento
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
05-05-2016
A160021488
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
E D I C T OEl Juzgado n.º 1 de lo Mercantil de Donostia-San Sebastián anuncia:Que en el procedimiento concursal número 415/2013 en el que figura como concursado/a AITZMATI S.L, AITZOLE ZUBIA IGARTUA y JOSÉ ÁNGEL MATILLA CALZADA, CIF y DNI/NIF B20923611, 15398517V y 18593466J, se ha dictado el 22/04/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Donostia-San Sebastián, 22 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
28-05-2013
A130028992
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
EdictoEL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anunciaQue en el procedimiento concursal número 415/2013 referente al concursado Aitzmati, S.L., con CIF B20923611, José Ángel Matilla Calzada, con DNI 18593466J y Aitzole Zubia Igartua, con DNI 15398517V, por auto de fecha 15 de mayo 2013 se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.Donostia-San Sebastián, 15 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
13-05-2013
A130024078
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 415/2013, NIG n.º 20.05.2-13/004027, por auto de 29/4/2013 se ha declarado en concurso voluntario a los deudores Aitzmati S.L, José Ángel Matilla Calzada y Aitzole Zubia Igartua, con NIF B20923611, 18593466J y 15398517V, con domicilio en calle Aranerreka, 3 – 20570 Bergara y calle Pedro Egaña, 10, 7.º Dcha. – 20006 Donostia, y cuyo centro de principales intereses lo tienen en Bergara y Donostia.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que la administración concursal está integrada por don Carlos de Miguel Cilleruelo, con domicilio postal: Calle Donibane Garazi, 3, 2.º B. 20018 Donostia y dirección electrónica: [email protected]º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Donostia-San Sebastián, 30 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.