Concurso de acreedores terminado Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL

Concurso de acreedores terminado Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL

El 10-05-2011, Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL, en FIRGAS (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35775360. La principal actividad de la empresa Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. El concurso ha concluido.

Información General de Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL

Nombre de la mercantil: Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL
Localidad: FIRGAS
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: DOCTOR JUAN DOMINGUEZ 3035431 FIRGAS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B35775360
Número De Insolvencia: B35775360
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL

La actividad de la empresa Aleman Y Marrero Carpinteria Metalica SL es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

22-11-2014
A140056697

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 71/2010, seguido a instancias del Procurador Don Bernardo Rodriguez Cabrera, en nombre y representación de ALEMÁN Y MARRERO CARPINTERÍA METÁLICA, S.L., con CIF n.º B35775360, se ha dictado Auto el día 10 de noviembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara la conclusión del concurso de la mercantil ALEMÁN Y MARRERO CARPINTERIA METÁLICA, S.L., con CIF n.º B35775360, por inexistencia de bienes (176 BIS LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso, acordando la extinción de la persona jurídica (ALEMÁN Y MARRERO CARPINTERÍA METÁLICA, S.L.) y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la AC.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente EdictoLas Palmas de Gran Canaria, 10 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.

12-09-2012
A120060741

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000071/2010, seguido a instancias del Procurador don Bernardo Rodríguez Cabrera, en nombre y representación de Alemán y Marrero Carpintería Metálica, S.L., se ha dictado Auto el día 31/7/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se acuerda el cierre de la fase común así como la apertura de la fase liquidación.De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez.- Doña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial.- Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto enLas Palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

29-07-2011
58794

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
D.ª Teresa Hernández Rivero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se Hace saber que en el procedimiento concursal número 0000071/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de Alemán y Marrero Carpintería Metálica S.L.., se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios del Juzgado; los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 18 de julio de 2011.- Secretario Judicial.

30-05-2011
39347

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Edicto.Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 71/10, seguido a instancias del Procurador don Bernardo Rodríguez Cabrera, en nombre y representación de la entidad Alemán y Marrero Carpintería Metálica, S.L., con CIF B35775360 se ha dictado Auto el día 9 de mayo de dos mil once, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Alemán y Marrero Carpintería Metálica S.L., el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Se designan como Administradores del concurso a: Don Eugenio Alcántara Mansilla, Letrado.En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda;su intervenciónLlámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días. A contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Doña María del Carmen de León Jiménez, Magistrado-Juez. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial. – Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente EdictoEn Las Palmas de Gran Canaria, 10 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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