Concurso de acreedores terminado Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb

Concurso de acreedores terminado Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb

El 24-05-2019, Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb, en MAZARRON (Murcia) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de ELCHE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el E30201784. La principal actividad de la empresa Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb es actividades de construcción especializada. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb

Nombre de la mercantil: Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb
Localidad: MAZARRON
Provincia: Murcia
Dirección: CAMINOS CRUZADOS 030870 MAZARRON
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: E30201784
Número De Insolvencia: E30201784
Juzgado: Juzgado de ELCHE

Actividad Principal de Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb

La actividad de la empresa Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Alfonso Zaplana Hernandez Y Jose Madrid Martinez Cb:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

15-06-2019
A190035063

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoDoña Blanca C. Martínez Serrano, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia 8 de Elche, anuncia:Que en el concurso de acreedores abreviado (cna) – 000279/2019, referente al concursado Alfonso Lizón Zaplana, con dni nº 21982226E, por auto de fecha 24 de mayo de 2019, se ha acordado lo siguiente:1.- Se declara a Alfonso Lizón Zaplana,en situación de concurso consecutivo.2.- Se declara la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa.3.- Notifíquese la presente resolución al deudor haciéndole saber que tiene un plazo de 15 días hábiles procesales a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución para solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho por medio de escrito, siendo necesario la actuación por medio de Letrado y representado por Procurador de los Tribunales.En el supuesto de solicitar el beneficio de justicia gratuita, deberá acreditar ante este Juzgado la formulación de tal solicitud en el plazo de tres audiencias desde la notificación de la presente.Una vez firme la presente resolución se procederá a tramitar, en su caso, la referida solicitud.4.- Se acuerda anunciar la declaración y conclusión del concurso por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.Elche, 5 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Blanca del Carmen Martínez Serrano.

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