Concurso de acreedores Algol Desarrollo Inmobiliario SL
El 25-04-2013, Algol Desarrollo Inmobiliario SL, en TEGUISE (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B09391368. La principal actividad de la empresa Algol Desarrollo Inmobiliario SL es construcción de edificios. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de Algol Desarrollo Inmobiliario SL
Nombre de la mercantil: Algol Desarrollo Inmobiliario SL
Localidad: TEGUISE
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: LAS PALMERAS 035530 TEGUISE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B09391368
Número De Insolvencia: B09391368
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de Algol Desarrollo Inmobiliario SL
La actividad de la empresa Algol Desarrollo Inmobiliario SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-08-2013
A130046525
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000151/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Algol Desarrollo Inmobiliario, S.L., y CIF nº B09391368, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.
20-05-2013
A130026441
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000151/2013, seguido a instancias del Procurador/a doña Margarita del Rosario Martín Rodríguez, en nombre y representación de Algol Desarrollo Inmobiliario, S.L., se ha dictado Auto el día 25 de abril de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Algol Desarrollo Inmobiliario, S.L., el que se tramitará por el procedimiento ordinario.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.Se designan como Administradores del concurso a: Don Antonio Jesús López Socas, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Ruperto González Negrín, n.º 3 1.º 35500, Arrecife, Lanzarote, teléfono 928 81 16 62 y fax 928 81 28 55, así como dirección electrónica [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente EdictoLas Palmas de Gran Canaria, 8 de mayo de 2013.- Secretaria Judicial.