Concurso de acreedores Ansatrafo SL
El 11-05-2016, Ansatrafo SL, en TOLEDO (Toledo) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B82529447. La principal actividad de la empresa Ansatrafo SL es fabricación de material y equipo eléctrico. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Ansatrafo SL
Nombre de la mercantil: Ansatrafo SL
Localidad: TOLEDO
Provincia: Toledo
Dirección: VIA TARPEYA 045007 TOLEDO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B82529447
Número De Insolvencia: B82529447
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Ansatrafo SL
La actividad de la empresa Ansatrafo SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores Ansatrafo SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-05-2016
A160029240
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña María Jesús Gracia Guerrero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:1.º Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 28/2016 y NIG n.º 45168 41 1 2016 0000163, se ha dictado en fecha 11 de mayo de 2016 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor ANSATRAFO, S.L., con CIF n.º B-82529447, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Toledo, calle Vía Tarpeya, s/n.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la mercantil Equity Abogados y Economístas, S.L.P., en cuyo nombre y representación doña Silvia Verdes Angulo ha aceptado el cargo en fecha 11 de mayo de 2016 y ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias de la Administración Concursal, con domicilio postal en calle Velázquez, n.º 31, 5.º izda., 28001 – Madrid, y dirección electrónica cré[email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración Concursal a través del Juzgado.Toledo, 11 de mayo de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
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