Concurso de acreedores Aquabelum SL

Concurso de acreedores Aquabelum SL

El 09-01-2013, Aquabelum SL, en COCENTAINA (Alicante) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B53408738. La principal actividad de la empresa Aquabelum SL es actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.

Información General de Aquabelum SL

Nombre de la mercantil: Aquabelum SL
Localidad: COCENTAINA
Provincia: Alicante
Dirección: DEL PAIS VALENCIA (COMPLEJO COMERCIAL GORM) 2203820 COCENTAINA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B53408738
Número De Insolvencia: B53408738
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Aquabelum SL

La actividad de la empresa Aquabelum SL es Actividades culturales, deportivas y de entretenimiento

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

16-01-2014
A140000778

 

Aprobación del plan de liquidación

Apertura de la sección seis

 
EdictoDña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presenteHago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado – 503/12 – R sobre declaración de concurso de la mercantil Aquabelum, S.L., con domicilio en Cocentaina (Alicante), calle Alcoy, n.º 22, del Complejo Comercial Gormaig, y C.I.F. número B-53408738, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 2.272, Folio 16, Sección 8.ª, Hoja número A-55.554, inscripción 1.ª, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación y abriendo el plazo de personación en la sección sexta, que contiene, entre otros, el siguiente pronunciamiento:»Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.»Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente enAlicante, 12 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

07-11-2013
A130060655

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoDoña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presente,Hago saber:Que en el procedimiento Concurso Abreviado – 000503/2012 – R sobre declaración de concurso de la mercantil Aquabelum, SL, con domicilio en Cocentaina (Alicante) calle Alcoy, n.º 22, del Complejo Comercial Gormaig y C.I.F. número B-53408738, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 2.272, Folio 16, Sección 8.ª, Hoja número A-55.554, inscripción 1.ª, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 LC., habiéndose presentado el 7-10-13 Adenda al mismo y se ha dictado Providencia de fecha 18-10-13, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:Frente al inventario y lista de acreedores (contenida en el informe y adenda al informe) los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto.Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.Alicante, 18 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

07-08-2013
A130045727

 

Cese de los Administradores

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de con curso abreviado 503/2012-R, en los que se ha dictado el 9-01-13 auto declarando en estado de concurso voluntario a Aquabelum, S.L. con domicilio en Cocentaina (Alicante) calle Alcoy, n.º 22, del Complejo Comercial Gormaig y C.I.F. número B-53408738, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 2.272, Folio 16, Sección 8.ª, Hoja número A-55.554, inscripción 1.ªFacultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores:Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.Identidad de la Admon. Concursal: D.Francisco Javier López Marhuenda, en su cualidad de abogado, con DNI n.º 22.006.054-E, y con domicilio en Doctor Caro, 69, entlo, 03201-Elche, teléfono n.º 966660027, fax n.º 965446046 y correo electrónico [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 26 de julio de 2013.- La Secretaria.

07-08-2013
A130045727

 

Cese de los Administradores

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de con curso abreviado 503/2012-R, en los que se ha dictado el 9-01-13 auto declarando en estado de concurso voluntario a Aquabelum, S.L. con domicilio en Cocentaina (Alicante) calle Alcoy, n.º 22, del Complejo Comercial Gormaig y C.I.F. número B-53408738, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 2.272, Folio 16, Sección 8.ª, Hoja número A-55.554, inscripción 1.ªFacultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores:Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.Identidad de la Admon. Concursal: D.Francisco Javier López Marhuenda, en su cualidad de abogado, con DNI n.º 22.006.054-E, y con domicilio en Doctor Caro, 69, entlo, 03201-Elche, teléfono n.º 966660027, fax n.º 965446046 y correo electrónico [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 26 de julio de 2013.- La Secretaria.

24-04-2013
A130020599

 

Cese de los Administradores

 
Edicto.Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado – 000503/2012-R en los que se ha dictado el 9-01-13 Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Aquabelum, S.L., con domicilio en Concentaina (Alicante) Calle Alcoy, número 22 del Complejo Comercial Gormaig y C.I.F. número B-53408738, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 2.272, Folio 16, Sección 8.ª, Hoja número A-55.554, inscripción 1.ªFacultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.Identidad de la Admón. Concursal: Don Francisco Javier López Marhuenda, en su cualidad de Abogado, con DNI número 22.006.054-E, y con domicilio en Doctor Caro, 69, entlo., 03201 Elche, teléfono n.º 966660027, fax n.º 965446046 y correo electrónico [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 8 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

06-04-2013
A130016229

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
EdictoDoña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000503/2012-R sobre declaración de concurso de la mercantil Aquabelum, SL, con domicilio en Cocentaina (Alicante) calle Alcoy, n.º 22, del Complejo Comercial Gormaig, y C.I.F. número B-53408738, se ha dictado, con fecha 14-03-13, Auto abriendo la fase de liquidación, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:»Parte Dispositiva1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.2.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.3.- Se declara la disolución de la mercantil concursada, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.5.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC., debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.»Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.Para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente enAlicante, 14 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

09-01-2013
n/a

 

Auto de declaración de concurso

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