Concurso de acreedores terminado Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada
El 26-11-2019, Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada, en TIAS (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35860337. La principal actividad de la empresa Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada es actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos. El concurso ha concluido.
Información General de Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada
Localidad: TIAS
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: ANZUELO 2035572 TIAS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B35860337
Número De Insolvencia: B35860337
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada es Actividades administrativas y servicios auxiliares
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Aquatickets Lanzarote Sociedad Limitada:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-11-2020
A200058948
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria,or el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000580/2019, se ha dictado en fecha 18 de noviembre de 2020 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Aquatickets Lanzarote, S.L., con CIF B35860337, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora Aquatickets Lanzarote, S.L., con C.I.F. B-35860337 por inexistencia de bienes (artículo 473 del TRLC).2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.4.- Declarar el cese de la Administración Concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal.5.- Archivar las actuaciones.6.- La extinción de la entidad concursada Aquatickets Lanzarote, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda.7.- Dar la publicidad acordada por el artículo 482 del TRLC por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado, en el Registro Público Concursal y en el BOE.8.- Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Arrecife para la anotación de la presente resolución. La concursada1 figura inscrita al Tomo 332, Folio 191, Sección 8, Hoja IL-7881. Entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días.9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal, llévese testimonio de la presente resolución a la sección segunda para su constancia.10.- Notificar la presente resolución a la Administración Concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es firme.Las Palmas de Gran Canaria, 24 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.
17-02-2020
A200008056
Auto de declaración de concurso
D. Fernando Pérez Polo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000580/2019, seguido a instancias del Procurador D. Gerardo Sergio Pérez Almeida en nombre y representación de Aquatickets Lanzarote S.L., se ha dictado Auto el día 26 de noviembre de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Aquatickets Lanzarote S.L con CIF, nº B35860337, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.Se designa como Administrador del concurso a: D. Samuel Mansell Villanueva, como economista, el cual ha designado como domicilio postal en la calle San Agustín, nº 13, piso 3, ofc.5, 35001 Las Palmas de Gran Canaria, telf: 928.31.02.74, Fax: 928. 31.08.86, y correo electrónico [email protected] deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Las Palmas de Gran Canaria, 12 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Pérez Polo.
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