Concurso de acreedores Aragones Transportes Sa
El 21-04-2016, Aragones Transportes Sa, en RIUDOMS (Tarragona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A43045061. La principal actividad de la empresa Aragones Transportes Sa es transporte terrestre y por tubería.
Información General de Aragones Transportes Sa
Nombre de la mercantil: Aragones Transportes Sa
Localidad: RIUDOMS
Provincia: Tarragona
Dirección: REUS A CAMBRILS (KM 3 600) 043330 RIUDOMS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A43045061
Número De Insolvencia: A43045061
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA
Actividad Principal de Aragones Transportes Sa
La actividad de la empresa Aragones Transportes Sa es Transporte y almacenamiento
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-05-2016
A160021489
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Auto de declaración de concurso
EdictoD. Juan Holgado Esteban, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:Número de asunto: Concurso n.º 172/10-5.NIG: 4314847120168002218.Fecha del auto: 21/04/16.Clase de concurso: Voluntario Ordinario.Entidad concursada: Aragonés Transportes, S.A., con domicilio en C/ Pere Martell, 53 baixos, Tarragona, CIF n.º A43045061, representada por el procurador D. David Balleste García.Administrador concursal: VR Clave Concursal, S.L.P. con email: [email protected]égimen de las facultades del concursado: Intervención.Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse.Tarragona, 22 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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