Concurso de acreedores terminado Aridos Y Transportes Del Jiloca SL

Concurso de acreedores terminado Aridos Y Transportes Del Jiloca SL

El 27-08-2019, Aridos Y Transportes Del Jiloca SL, en CALAMOCHA (Teruel) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de TERUEL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B44005981. La principal actividad de la empresa Aridos Y Transportes Del Jiloca SL es otras industrias extractivas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Aridos Y Transportes Del Jiloca SL

Nombre de la mercantil: Aridos Y Transportes Del Jiloca SL
Localidad: CALAMOCHA
Provincia: Teruel
Dirección: ESTACION NUEVA 3044200 CALAMOCHA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B44005981
Número De Insolvencia: B44005981
Juzgado: Juzgado de TERUEL

Actividad Principal de Aridos Y Transportes Del Jiloca SL

La actividad de la empresa Aridos Y Transportes Del Jiloca SL es Extracción de recursos minerales

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Aridos Y Transportes Del Jiloca SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-09-2020
A200037319

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración deJusticia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil n.º 1 de Teruel,Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 0000086/2018 referente a la concursada, Aridos y Transportes del Jiloca, S.L. (B44005981), por auto de fecha 26 de julio de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso,cuya parte dispositiva dice asi:»PARTE DISPOSITIVASe acuerda la conclusión del presente concurso por la vía del art. 176 bis LC en atención a la insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.DISPONGO:Se acuerda la extinción de la persona jurídica de la mercantil Aridos y Transportes del Jiloca, S.L., en consecuencia, líbrese mandamiento a los registros públicos correspondientes para la correspondiente cancelación de su inscripción.Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra el mismo no cabe recurso de apelación, debiendo haberse formulado oposición en el trámite de audiencia al informe de la AC interesando la conclusión.Por esta mi resolución, la pronuncio, mando y firmo.Magistrado-Juez, Juan José Cortés Hidalgo.»Y a los fines de publicidad previstos en el art. 23 y ss de la LC,extiendo y firmo el presente.Se acuerda la aprobación de las cuentas formuladas por la administración concursal al no haberse formulado oposición alguna contra ellas.Teruel, 30 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.

05-10-2019
A190054623

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Doña Jara Naya Alfranca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil n.º 1 de Teruel, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- En Procedimiento Concursal seguido en este órgano judicial con n.º 86/2018, NIG 442164120180000282, se ha dictado, en fecha 27 de agosto de 2019 (notificado el día 3 de septiembre de 2019) auto de Declaración de Concurso, que tiene carácter de necesario, de la mercantil Áridos y Transportes de Jiloca, S.L. (B44005981), con domicilio social en Avenida de la Estación Nueva, 30, de Calamocha (Teruel), a instancia de D. PÍ O LIZAMA ABAD, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Bermúdez Melero. El presente concurso se tramitará tomando en consideración lo prevenido para el procedimiento abreviado.2º.- En dicho auto se ha acordado la suspensión del ejercicio de las facultades de Administración y disposición de la concursada, siendo sustituida por la Administración concursal.Se ha nombrado administrador del concurso, a Lauria Estudio Concursal, S.L.P., con Cif: B98576697, con domicilio en la Plaza del Ayuntamiento, n.º 13 – 6, de Valencia. La persona física que la representa y asume la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo es D. José Carlos Martorel Zulueta, con NIF 50.307.946T.3º.- Por el presente se llama a los acreedores de la concursada para que comuniquen a la Administración concursal la existencia de sus créditos.La comunicación se dirigirá a la Administración concursal y se formulará, bien por escrito, firmado por el acreedor, interesado, o representante acreditado, bien por medios electrónicos. Para ello (sin perjuicio del domicilio designado en sede judicial) se ha facilitado como dirección postal Plaza del Ayuntamiento, 13, 6.º. 46002. Valencia, y como dirección electrónica [email protected]. Teléfono: 902070971.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda.Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.Se acompañará copia, en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito (art. 85 LC).Los acreedores deberán formular la comunicación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso. (art. 21.1. 5.º LC). No obstante, hasta la presentación de los textos definitivos se podrán presentar comunicaciones de nuevos créditos o de los que se justifique no haber tenido noticia antes (art. 96 bis LC).4º.- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).5º.- La dirección electrónica del registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.publicidadconcursal.es.Teruel, 16 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.

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