Concurso de acreedores Asspro Instalaciones S.L.

Concurso de acreedores Asspro Instalaciones S.L.

El 10-10-2013, Asspro Instalaciones S.L., en LAS BAYAS (Alicante) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B54151303. La principal actividad de la empresa Asspro Instalaciones S.L. es construcción de edificios.

Información General de Asspro Instalaciones S.L.

Nombre de la mercantil: Asspro Instalaciones S.L.
Localidad: LAS BAYAS
Provincia: Alicante
Dirección: ILLICE 10203320 TORRELLANO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B54151303
Número De Insolvencia: B54151303
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Asspro Instalaciones S.L.

La actividad de la empresa Asspro Instalaciones S.L. es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

26-10-2013
A130056979

 

Auto de declaración de concurso

 
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia:Que en el Concurso Abreviado 000411/2013, referente al concursado Asspro Instalaciones, S.L.U., con domicilio en Partida de Torrellano, Av. Illice, 102, 2 E, Elche, con CIF B54151303, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3090 Libro 0, folio 136, hoja A-101122, por auto de fecha 08.10.13, se ha acordado lo siguiente:1.-Se tiene por personado/a y por parte a la mercantil Asspro Instalaciones, S.L., y en su representación al Procurador Sr./a. Sánchez Martín-Cortés, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la Declaración de Concurso Voluntario de acreedores.2.- Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario abreviado de Asspro Instalaciones, S.L.3.- Se declara concluido el presente concurso por insuficiencia de bienes para satisfacer los créditos contra la masa que se hubieran generado por la declaración del concurso.4.-Se acuerda la extinción de la sociedad. Líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución firme a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad.5º. Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.6º. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.Elche, 10 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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