Concurso de acreedores Augimar Hoteles Sa

Concurso de acreedores Augimar Hoteles Sa

El 29-02-2012, Augimar Hoteles Sa, en BORRIOL (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12717419. La principal actividad de la empresa Augimar Hoteles Sa es servicios de alojamiento. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Augimar Hoteles Sa

Nombre de la mercantil: Augimar Hoteles Sa
Localidad: BORRIOL
Provincia: Castellón
Dirección: INDUSTRIAL RIU SEC 012190 BORRIOL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A12717419
Número De Insolvencia: A12717419
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Augimar Hoteles Sa

La actividad de la empresa Augimar Hoteles Sa es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-05-2012
A120029890

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D. Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 29/2/2012, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado Nº 618/2011, NIG nº 12040-66-2-2011-0000751, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor Augimar Hoteles, SAU, domiciliaido en y CIF número A-12717419.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designaco como Administrador Concursal a D. Miguel Ángel Manzano Rodríguez, con domicilio en C/ Villafamés, n.º 24, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación po Procuraor/a y asisitencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón, 30 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.

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