Concurso de acreedores terminado Autovima Sa

Concurso de acreedores terminado Autovima Sa

El 19-09-2011, Autovima Sa, en BENICARLO (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12021366. La principal actividad de la empresa Autovima Sa es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Autovima Sa

Nombre de la mercantil: Autovima Sa
Localidad: BENICARLO
Provincia: Castellón
Dirección: NACIONAL 340 012580 BENICARLO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A12021366
Número De Insolvencia: A12021366
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Autovima Sa

La actividad de la empresa Autovima Sa es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-06-2019
A190035276

 

Conclusión del concurso

 
EdictoDon Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal,Hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 30 de mayo de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado nº 000541/2011, Nig 12040-66-2-2011-0000663, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor Autovima, Sociedad Anónima, domiciliado en carretera Nacional 340, Km 134,5 CS y CIF número A12021366.Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:Parte Dispositiva:1.- Se declara la conclusión del presente concurso de Autovima, Sociedad Anónima, seguido bajo el número Concurso Abreviado, número 000541/2011-II, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.2.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.3.- En particular, acordar la extinción de la entidad Autovima Sociedad Anónima, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.7.- Notifiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).Castellón, 31 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

04-10-2011
72474

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.-Que por auto de fecha 19 de septiembre de 2011 en el procedimiento número 541/20011-II, se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al Deudor Autovima, Sociedad Anónima, con domicilio social en Benicarló, Castellón, Carretera Nacional 340, kilómetro 134.5, CIF, número A12021366.Segundo.-Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Castellón, 21 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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