Concurso de acreedores Auxidog SL
El 11-06-2013, Auxidog SL, en CARRANQUE (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B80430705. La principal actividad de la empresa Auxidog SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Auxidog SL
Nombre de la mercantil: Auxidog SL
Localidad: CARRANQUE
Provincia: Toledo
Dirección: MADERA 1445216 CARRANQUE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B80430705
Número De Insolvencia: B80430705
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Auxidog SL
La actividad de la empresa Auxidog SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-07-2013
A130040350
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Concepción Álvarez García, Secretario/a Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Toledo,Por el presente hago saber:1º.- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 125/2013, y NIG n.º 45168 41 12013/0009026, se ha dictado en fecha 11/06/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Auxidog, S.L., con CIF B-80430705, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle La Madera, n.º 14, de Carranque (Toledo).2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al Abogado José Javier Moragón Díaz, Colegiado 1429 del Iltre. Colegio de Abogados de Toledo, con domicilio postal en Avda. de Irlanda, n.º 19, bloque 12, 1.º A, de Toledo, y dirección electrónica: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 11 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.