Concurso de acreedores terminado Avant Ingenieria Y Construccion Sa

Concurso de acreedores terminado Avant Ingenieria Y Construccion Sa

El 16-11-2011, Avant Ingenieria Y Construccion Sa, en NULES (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12529095. La principal actividad de la empresa Avant Ingenieria Y Construccion Sa es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Avant Ingenieria Y Construccion Sa

Nombre de la mercantil: Avant Ingenieria Y Construccion Sa
Localidad: NULES
Provincia: Castellón
Dirección: NACIONAL 340 (KM 44 5) 012520 NULES
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A12529095
Número De Insolvencia: A12529095
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Avant Ingenieria Y Construccion Sa

La actividad de la empresa Avant Ingenieria Y Construccion Sa es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

15-07-2019
A190041481

 

Conclusión del concurso

 
D./Dª. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. UNO de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:PRIMERO:. Que por Auto de fecha 27 de junio de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n°711/2011, N.I.G. n° 12040-66-2-2011-0000854, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor «Avant Ingeniería y Construcción, S.A.», domiciliado en carretera Valencia-Barcelona, kilómetro 44,5 NULES y C.I.F./D.N.I. número A12529095.SEGUNDO:. Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:PARTE DISPOSITIVA:. «1- Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de Avant Ingeniería y Construcción, S.A.,» seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 711/2011-IV., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.. 2.- Declarar Aprobadas las CUENTAS rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.. 3.- En particular, Acordar la EXTINCIÓN de la entidad Avant Ingeniería y Construcción, S.A.,» disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.. 4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23,1 de la LC. Se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).. 5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.. 6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.. 7.- Notifíquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada, y a cuantos acredores se hayan personado en el concurso.Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC). Magistrado Letrado de la Administración de JusticiaCastellón, 28 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

07-12-2011
89658

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.-Que por auto de fecha 16 de noviembre de 2011 en el procedimiento número 711/2011, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la deudora «Avant Ingeniería y Construcción, Sociedad Anónima», con domicilio en carretera Valencia- Barcelona, kilómetro 44,5, Nules (Castellón), y CIF número A-12529095.Segundo.-Que dicha deudora conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero.-Que los acreedores de la concursada dejarán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».Castellón, 16 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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