Concurso de acreedores Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL

Concurso de acreedores Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL

El 27-03-2014, Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL, en SA CABANETA (Baleares) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07818818. La principal actividad de la empresa Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL

Nombre de la mercantil: Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL
Localidad: SA CABANETA
Provincia: Baleares
Dirección: CONRADORS 3907141 SA CABANETA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B07818818
Número De Insolvencia: B07818818
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL

La actividad de la empresa Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

08-02-2018
A180008030

 
D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración concursal del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma,Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita concurso 199/2014, seguido a instancias de Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (Basema) sobre concurso de acreedores en los que, por resolución de fecha 31/1/2018 se ha acordado:1.- La conclusión del concurso del deudor Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (Basema), con CIF B07818818, y con domicilio Calle Conradors, 39, letra c, polígono de Marratxí, Palma con archivo de las actuaciones respecto del mismo.2.- Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal.Palma de Mallorca, 1 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

08-05-2014
A140022148

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Don Esteban Martínez Rovira, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso 199/2014 y NIG 07040 47 1 2014 0000345, se ha dictado en fecha 27/3/2014 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (BASEMA), con CIF B-07818818, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Conradors, 39, letra C, Polígono de Marratxí, Marratxí.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.3.º Se ha designado como administración concursal a D. Jaime Riutord Ramis, con domicilio postal en C/Paraires, n.º 34 A de Palma de Mallorca, 07001, con teléfono 971711077 y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos [email protected].º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior.5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 11 de abril de 2014.- Secretario Judicial.

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