Concurso de acreedores Bañuste Agropecuaria Sa

Concurso de acreedores Bañuste Agropecuaria Sa

El 29-10-2012, Bañuste Agropecuaria Sa, en FUENSALIDA (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A45403904. La principal actividad de la empresa Bañuste Agropecuaria Sa es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Bañuste Agropecuaria Sa

Nombre de la mercantil: Bañuste Agropecuaria Sa
Localidad: FUENSALIDA
Provincia: Toledo
Dirección: SAN JUAN BAUTISTA 2845510 FUENSALIDA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A45403904
Número De Insolvencia: A45403904
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Bañuste Agropecuaria Sa

La actividad de la empresa Bañuste Agropecuaria Sa es Agricultura, silvicultura y pesca

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

12-11-2012
A120075256

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial de Juzgado de los Mercantil de Toledo,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I, declaración concurso 266/2012 y NIG 45168 41 1 2012/0004244 se ha dictado en fecha 29/10/2012 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la deudora «Bañuste Agropecuaria, S.A.», con CIF A-45403904, cuyo domicilio social lo tienen en la calle San Juan Bautista, número 28, de Fuensalida 45510 (Toledo).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha desigando, como administración concursal al Abogado don Francisco Miguel Puertas Jiménez, colegiado número 2213 del Ilustre Colegio de Abogados de Toledo, con domicilio postal en Callejón del Lucio, número 5, 2.ª planta, 45001 Toledo, y dirección electrónica [email protected], para que los acreedores, a sus elección, efectúen la comunicación de créditos.No siendo válida la presentación de créditos que se realice directamente a este Juzgado.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterios, en el plazo de un mez a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».Toledo, 29 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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