Concurso de acreedores terminado Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion)
El 02-11-2009, Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion), en LA TORRE ALTA (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B62467790. La principal actividad de la empresa Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion)
Nombre de la mercantil: Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion)
Localidad: LA TORRE ALTA
Provincia: Barcelona
Dirección: CAPELLADES 708786 LA TORRE ALTA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B62467790
Número De Insolvencia: B62467790
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion)
La actividad de la empresa Bodegas Mistral Anoia SL (En Liquidacion) es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-03-2017
A170014595
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Conclusión del concurso
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona,Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edifici C)- Barcelona CP: 08071.Tel.: 935549468.Fax: 935549568.E-MAIL: [email protected]: Concurso abreviado 1024/2009.Sobre:Parte deudora/concursada: Bodegas Mistral Anoia, S.L.Procurador/a: Fernando Bertrán SantamarÃa.Abogado/a: Carlos González Oliver.Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona, hago saber, que:En el Concurso Voluntario abreviado 1024/2009-E se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de la mercantil Bodegas Mistral Anoia, S.L., con CIF B-62467790, con domicilio en La Torre de Claramunt (Barcelona), c/ Capellades, n.º 7-9.La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Barcelona, 6 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
28-12-2009
92842
Auto de declaración de concurso
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado en fecha 2 de noviembre de 2009 en los autos 593/2009.Número de asunto.-Concurso 593/2009B.Fecha del auto de declaración.- 2/noviembre/2009.Clase de concurso: Voluntario abreviado.Entidad concursada.- Elgon Internacional, S.L. CIF B-58097254 con domicilio en La Torre de Claramunt (Barcelona) C/ Capellades, nº 7-9.Número del asunto.- Concurso 1023/09B.Fecha del auto de declaración.-2/noviembre/2009.Clase de concurso: Voluntario abreviado.Entidad concursada.-Mistral Productos de Calidad, S.L. con CIF B-60972155 con domicilio en La Torre de Claramunt (Barcelona) C/ Capellades, nº 7-9.Número de asunto.- concurso 1024/09B.Fecha del auto de declaración.- 2/noviembre/2009.Clase de concurso: Voluntario abreviado.Entidad concursada: Bodegas Mistral Anoia, S.L. con CIF B62467790 con domicilio en La Torre de Claramunt (Barcelona) C/ Capellades, nº 7-9.Administradora concursal: Doña Sandra Liñera Sánchez como Abogada.Régimen de las facultades del concursado: Intervención.Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de las concursadas y con la referencia del correspondiente procedimiento, deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, 111 Edificio C piso 13º de 08014 Barcelona y teléfono93.554.97.09 la existencia de sus créditos en el plazo de 15 días a contar desde la publicación en el B.O.E. y ello dado que si bien se ha acordado la tramitación acumulada ello no ha de suponer la confusión de procedimientos, sino su tramitación coordinada.Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.Barcelona, 17 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.