Concurso de acreedores terminado Bodegas Perez SL

Concurso de acreedores terminado Bodegas Perez SL

El 01-01-0001, Bodegas Perez SL, en ALZIRA (Valencia) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B46289948. La principal actividad de la empresa Bodegas Perez SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Bodegas Perez SL

Nombre de la mercantil: Bodegas Perez SL
Localidad: ALZIRA
Provincia: Valencia
Dirección: BENIFAIRO, 9 – 11 046600 ALZIRA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B46289948
Número De Insolvencia: B46289948
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Bodegas Perez SL

La actividad de la empresa Bodegas Perez SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

02-12-2020
A200060282

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión del concurso

 
EdictoDon José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,Hago saber:Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores número 118/2016 habiéndose dictado en fecha por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:Acuerdo la conclusión del concurso de la mercantil Bodegas Pérez, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.Cese en su cargo el Administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 485 Texto Refundido de la Ley Concursal, en relación con los artículos 554 y 555 Texto Refundido de la Ley Concursal y artículos 323 Reglamento del Registro Mercantil.Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (articulo 481 Texto Refundido de la Ley Concursal).Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.Valencia, 6 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don Víctor Sanz Gordón.

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