Concurso de acreedores Boiromar Sea Food SL

Concurso de acreedores Boiromar Sea Food SL

El 11-10-2013, Boiromar Sea Food SL, en BOIRO (La Coruña) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B70164926. La principal actividad de la empresa Boiromar Sea Food SL es industria de la alimentación. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Boiromar Sea Food SL

Nombre de la mercantil: Boiromar Sea Food SL
Localidad: BOIRO
Provincia: La Coruña
Dirección: LG CHAZO ABANQUEIRO – NAVE 1. OF A 015930 BOIRO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B70164926
Número De Insolvencia: B70164926
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA

Actividad Principal de Boiromar Sea Food SL

La actividad de la empresa Boiromar Sea Food SL es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

16-11-2013
A130062717

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
EdictoDon Domingo Villafáñez García, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,Hago saber:Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 340/2013 y NIG número 15030 47 1 2013 0000658 se ha dictado en fecha 11 de octubre de 2013 auto de declaración de concurso del deudor Boiromar Sea Food, S.L., con CIF B70164926, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Lugar de Chazo – Abanqueiro, nave 1, oficina A, 15938 Boiro (A Coruña).Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don José María González Castro, con domicilio postal en calle Pintor Genaro Carrero, número 5, 3.° B, Noia, A Coruña, y dirección electrónica señalada «[email protected]» para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.A Coruña, 18 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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