Concurso de acreedores terminado Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona
El 15-03-2012, Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona, en MONTMELO (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el F08905283. La principal actividad de la empresa Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona
Nombre de la mercantil: Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona
Localidad: MONTMELO
Provincia: Barcelona
Dirección: RIU BESOS (SECTOR INDUSTRIAL SOTA DEL MOLI) 008160 MONTMELO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: F08905283
Número De Insolvencia: F08905283
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona
La actividad de la empresa Cafer Sdad Coop Catalana Limitada De Barcelona es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-02-2019
A190007604
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Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Mira también:Concurso de acreedores Supermercados Corral SLConclusión del concurso
Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona hago saber que:En el Concurso abreviado 166/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CAFER, SCCL, con NIF F08905283, con domicilio en Paseo Rio Besos, 6-B, Montmeló. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración ydisposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Barcelona, 8 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jesús Santiago Ortego Briongos.
25-04-2012
A120022155
Auto de declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 166/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número de asunto: Concurso voluntario 166/2012 Sección C2.NIG del procedimiento: 854/2012.Entidad concursada: CAFER, SCCL, con CIF número F08905283.Tipo de concurso: Voluntario.Fecha del auto de declaración: 15 de marzo de 2012.Administrador/es concursal/es: Don Xavier Pérez Llorca (designado por cons. jurídica XP Advocats SLP), con correo electrónico: 1@consultajurídica.net y teléfono 93 640 72 28.Facultades del concursado: Intervenido.Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 16 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.