Concurso de acreedores Carnes Del Alto Maestrazgo S.L.
El 16-05-2018, Carnes Del Alto Maestrazgo S.L., en BETXI (Castellón) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12707329. La principal actividad de la empresa Carnes Del Alto Maestrazgo S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Carnes Del Alto Maestrazgo S.L.
Nombre de la mercantil: Carnes Del Alto Maestrazgo S.L.
Localidad: BETXI
Provincia: Castellón
Dirección: DEL BAIXADOR (KM 2,4) 012549 BETXI
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B12707329
Número De Insolvencia: B12707329
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Carnes Del Alto Maestrazgo S.L.
La actividad de la empresa Carnes Del Alto Maestrazgo S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Carnes Del Alto Maestrazgo S.L.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-06-2018
A180038284
Auto de declaración de concurso voluntario
Don Jorge González RodrÃguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1, de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 16/05/18, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000075/2018, N.I.G. n.º 12040-66-1-2018-0000090, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor «Carnes del Alto Maestrazgo, S.L.U.», domiciliado en BetxÃ, carretera apeadero Km 22.4 y administración en C/ Mosén Herminio Pérez n.º 7, 4.º y C.I.F./D.N.I. número B12707329, y al mismo tiempo se ha acordado la conclusión del concurso en virtud de lo dispuesto en el artÃculo 176.1.3.º de la LC.Segundo: Se ha acordado asimismo la extinción de la concursada y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda.Tercero: En el año siguiente a la fecha de la resolución de conclusión, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación del concurso como culpable.Cuarto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.En Castellón, 17 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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