Concurso de acreedores Carnicas Maria S.A
El 20-01-2009, Carnicas Maria S.A, en MARIA (Almería) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ALMERÍA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A04034377. La principal actividad de la empresa Carnicas Maria S.A es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. La Junta de Acreedores está planificada.
Información General de Carnicas Maria S.A
Nombre de la mercantil: Carnicas Maria S.A
Localidad: MARIA
Provincia: Almería
Dirección: DE LA UMBRIA 004838 MARIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A04034377
Número De Insolvencia: A04034377
Juzgado: Juzgado de ALMERÍA
Actividad Principal de Carnicas Maria S.A
La actividad de la empresa Carnicas Maria S.A es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-05-2017
A170031323
El Juzgado de lo Mercantil de AlmerÃa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Que en el procedimiento número 381/08, por auto de 23 de Marzo de 2017 se ha acordado lo siguiente:1. Que en el procedimiento concursal número 381/08 referente al concursado CÃRNICAS MARÃA, S.A.. con CIF A-04034377 por auto de fecha 23 de Marzo de 2017 se ha declarado el archivo y conclusión del concurso voluntario del deudor CÃRNICAS MARÃA, S.A., por liquidación y distribución de la masa activa entre los acreedores. Teniendo su domicilio en camino de la Umbria s/n, MarÃa (AlmerÃa) Inscrita en el Registro Mercantil de AlmerÃa al tomo 46, folio 185, hoja AL-1.105, siendo su CIF: A-04034377, con los efectos establecidos en el artÃculo 178 y concordantes de la LC.2. Se declara aprobado el informe definitivo de los administradores presentado en la Fase de liquidación por escrito de 25/10/16.3. Se declara la extinción de la mercantil CÃRNICAS MARÃA, S.A. y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.4. Quedan cesados, por virtud de esta resolución, luego que sea firme, las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los bienes del deudor.El deudor CÃRNICAS MARÃA, S.A., queda responsable del pago de los créditos incluidos en la lista de acreedores.Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.AlmerÃa, 23 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia. MarÃa Victoria López RodrÃguez.
18-09-2010
67579
Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto.El Juzgado de Primera Instancia y Mercantil n.º 7 de Almería, anuncia:Primero.-Que el procedimiento concursal 381/2008 referente al concursado «Cárnicas María, S.A.», se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 22 de marzo de 2011 a las 11.00 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.Segundo.-Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.Almería, 21 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.
04-02-2009
5503
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 7 de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 381.01/2008, por auto de 20-1-2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor «Cárnicas María, S.A.» con CIF: A04034377, con domicilio en camino de la Umbría, s/n, María (Almería), CP 04838, España, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en María (Almería).2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y en el/los periódicos «La Voz de Almería» y tablón de anuncios de este Juzgado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Almería, 21 de enero de 2009.- La Secretario Judicial.