Concurso de acreedores Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL

Concurso de acreedores Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL

El 24-10-2011, Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL, en VILAMALLA (Gerona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de GIRONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B17346909. La principal actividad de la empresa Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL es actividades inmobiliarias. Se ha abierto la sección 5.

Información General de Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL

Nombre de la mercantil: Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL
Localidad: VILAMALLA
Provincia: Gerona
Dirección: EMPORDA INTERNACIONAL 017469 VILAMALLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B17346909
Número De Insolvencia: B17346909
Juzgado: Juzgado de GIRONA

Actividad Principal de Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL

La actividad de la empresa Catimex Catalana D’Importacio I Exportacio SL es Alquiler y gestión de inmuebles

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

25-11-2013
A130064282

 
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Mercantil n.º 1 de Girona,Hago saber:Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 642/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Catimex Catalana d’Importació i Exportació, S.L., con CIF B-17346909, con domicilio en Polígono Empordà Internacional, s/n, de Vilamalla (Girona).Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente enGirona, 13 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

22-05-2012
A120034145

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

Apertura de la sección quinta

 
D. José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Mercantil núm. 1 de Girona,Hago Saber:Que en el Concurso voluntario abreviado nº 642/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de conformidad con lo prevenido en el art. 142.1 de la Ley Concursal y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:PARTE DISPOSITIVAACUERDO: DECLARAR FINALIZADA la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil CATIMEX CATALANA D’IMPORTACIÓ S.L, provista de CIF B-17346909 y ABRIR la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de Administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efecto establecidos en el título III de la Ley Concursal. Así mismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.Inscríbase, así mismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos a Registro Mercantil de Girona haciéndole saber del cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil CATIMEX CATALANA D’IMPORTACIÓ S.L, provista de CIF B17346909, inscrita al Tomo 445, Folio 80, Hoja núm. GI-8769 y al Registro de la Propiedad de Figueres, finca registral nº 1644, inscrita al tomo 2748 libro 30 folio 38.Entréguese en debida forma a la Procuradora Sra. Edurne Díaz Tarragó, el oficio y mandamiento por duplicado, para la práctica inmediata de la anotación acordada.En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, el administrador concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art 148 de la Ley Concursal.Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.Se concede el plazo de 10 días de conformidad con el artículo 168 de la LC, en relación con el art 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito considere relevante para la calificación del concurso.MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso se deberá interponerse por escrito en el plazo de 5 días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 Ley Concursal y 451,452 de LEC ).Así lo manda y firma EL Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Girona; de lo que doy fe.EL MAGISTRADO JUEZ EL SECRETARIO JUDICIALY para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente enGirona, 23 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

15-11-2011
81652

 

Auto de declaración de concurso

 
EdictoD. José Antonio Marquínez Beita, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado n.º 642/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil CATIMEX CATALANA D’IMPORTACIÓ I EXPORTACIÓ, S.L., con domicilio en Polígono Empordà Internacional, s/n, de Vilamalla (Girona) y CIF B-17346909, siendo designado como Administrador Concursal a D. Valero Biarge Sanjoaquin.Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.El Auto de declaración del concurso, así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/09, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el Auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la LC.Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.Girona, 24 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

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