Concurso de acreedores terminado Central De Cocinados Catar Sa
El 29-07-2009, Central De Cocinados Catar Sa, en MOLLET DEL VALLES (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A58685439. La principal actividad de la empresa Central De Cocinados Catar Sa es industria de la alimentación. El concurso ha concluido.
Información General de Central De Cocinados Catar Sa
Nombre de la mercantil: Central De Cocinados Catar Sa
Localidad: MOLLET DEL VALLES
Provincia: Barcelona
Dirección: INDUSTRIAL CAN MAGAROLA (CL CLAUDIO ARAÑO) 008100 MOLLET DEL VALLES
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A58685439
Número De Insolvencia: A58685439
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Central De Cocinados Catar Sa
La actividad de la empresa Central De Cocinados Catar Sa es Industria
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-04-2017
A170026433
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Conclusión del concurso
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,Hago saber:Que en el Concurso ordinario 830/2009 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CENTRAL DE COCINADOS CATAR, S.A., con NIF A58685439, con domicilio en calle Claudio Araño y Araño, Pol. Ind. Can Magarolas, 9-11, Mollet del Vallès.La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Barcelona, 23 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
23-10-2013
A130057121
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de liquidación
Edicto abriendo fase de liquidación por incumplimiento de convenioDoña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil núm. 3 de Barcelona, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, dicto el presente edicto al objeto de:- Dar publicidad a la resolución que acuerda la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento de convenio del concurso de la Mercantil por la cual se tiene por concluida la fase común del concurso de Central de Cocinados Catar, S.A.- Dar posibilidad a los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido para que puedan comunicar su crédito en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de un mes a:Montserrat Moreno Hernáez y Jordi Romero Climent, con domicilio social en c/ París, 161, entr. 2.ª, Barcelona, tel. 934107377 y correo electrónico [email protected]: Concurso voluntario 830/2009-C2.Fecha de apertura de la fase de liquidación: 07.10.2013.Sociedad mercantil concursada: Central de Cocinados Catar, S.A.Barcelona, 8 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
02-08-2010
59238
Apertura de la sección seis
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el articulo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad a la Sentencia por la que se aprueba el convenio del concurso dictado por este Juzgado:Número de asunto: Concurso voluntario 830/09, sección C2.Entidad concursada: Central de Cocinados Catar, Sociedad Anónima, con CIF A58685439.Fecha del Auto de declaración: 29 de julio de 2009.Fecha de presentación de la propuesta de convenio: 14 de abril de 2010.Fecha de aprobacion de convenio: 21 de julio de 2010.La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Central de Cocinados Catar, Sociedad Anónima, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa, así como la presencia en los incidentes que hubiera instado la administración concursal en cuanto a complemento de las facultades del concursado en tanto en cuanto no se haga efectiva la anotación de esta sentencia en los correspondientes Registros Publicos.Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta Sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.La Sentencia que apruebe el Convenio debe ser publicitada en la forma prevista en el articulo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta Sentencia, edicto que habrá de publicarse en el BOE.No hay condena en costas.Contra esta Sentencia podrá interponerse recurso de Apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona, recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de 5 días desde su notificación.Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llevese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, lo mando y firmo.Barcelona, 23 de junio de 2010.- La Secretario Judicial.
09-09-2009
65204
Auto de declaración de concurso
Don Antonio Cidraque Arias, Secretario del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona, dicto de conformidad con el articulo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:Numero de asunto: Concurso voluntario 830/09 sección C2.Entidad concursada: «Central de Cocinados Catar, Sociedad Anónima», con CIF A58685439.Fecha del Auto de declaración: 29 de julio de 2009.Administradores concursales: Doña Monserrat Moreno Hernáez (abogado) con correo electrónico [email protected], Don Jordi Romero Climent (economista) con correo electrónico [email protected] del Concursado: intervenida.Llamamiento a los acreedores: disponen del plazo de 1 mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el articulo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona en la Gran Via de les Corts Catalanes, 111, plana 13. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.Barcelona, 30 de julio de 2009.- El Secretario en sustitución.