Concurso de acreedores terminado Cinema San Blas SL

Concurso de acreedores terminado Cinema San Blas SL

El 18-06-2012, Cinema San Blas SL, en S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG (Alicante) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado NOGUEROL PEREZ CARLOS. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B53277521. La principal actividad de la empresa Cinema San Blas SL es servicios de comidas y bebidas. El concurso ha concluido.

Información General de Cinema San Blas SL

Nombre de la mercantil: Cinema San Blas SL
Localidad: S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG
Provincia: Alicante
Dirección: LA PLATA (POL ARTESANA) 403690 S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B53277521
Número De Insolvencia: B53277521
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Cinema San Blas SL

La actividad de la empresa Cinema San Blas SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-11-2013
A130063484

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, Hago Saber:Anuncio:Que en el Concurso Abreviado n.º 449/12, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil Cinema San Blas, S.L., con C.I.F: N.º B-53277521, con domicilio social en San Vicente Del Raspeig, (Alicante), C/ de la Plata, N.º 4, Polígono Artesana, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2116, Libro 0, Folio 62, Sección Octava, Hoja -4783, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 12/11/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Parte Dispositiva1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Cinema San Blas, S.L.2. El deudor Cinema San Blas, S.L. queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Cinema San Blas, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.4. Se acuerda la extinción de Cinema San Blas, S.L, con C.I.F: N.º B-53277521, con domicilio social en San Vicente Del Raspeig, (Alicante), C/ de la Plata, N.º 4, Polígono Artesana, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2116, Libro 0, Folio 62, Sección Octava, Hoja-4783, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 2/08/13.6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177)Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. señor don Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.Alicante, 12 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

24-10-2012
A120071707

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoEl Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal y conforme a los arts. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 5/10/12, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 449/12-C y de la concursada Cinema San Blas, S.L., con CIF número B-53277521, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), c/ De la Plata, n.º 4, Polígono Artesana, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2116, Libro 0, Folio 62, Sección Octava, Hoja A-4783,Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.2. Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (arts. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Alicante, 5 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial, Cristina Cifo González.

25-07-2012
A120053675

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.-Que por auto de fecha 18/06/12 en el procedimiento con número de autos 449/12 y NIG 03014-66-2-2012-0001018, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Cinema San Blas, S.L., con CIF número B-53277521, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), c/ de la Plata, n.º 4 Polígono Artesana, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 2.116, libro 0, folio 62, sección octava, hoja A-4.783.Segundo.-Consta que el deudor ha interesado la liquidación.Tercero.-Se suspenden las facultades de administración y disposición del deudor sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por la administración concursal.Cuarto.-Que ha sido nombrado administrador concursal don Carlos Manuel Noguerol Pérez, con DNI 33.478.001-Y, en calidad de Abogado, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante con domicilio postal en Avenida Maissonave, n.º 28 bis, 4.º, teléfono 902503416 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».Alicante, 11 de julio de 2012.- La Secretario Judicial, doña Cristina Cifo González.

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