Concurso de acreedores terminado Ciudasur SL
El 12-04-2013, Ciudasur SL, en MALAGA (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B11607306. La principal actividad de la empresa Ciudasur SL es actividades inmobiliarias. El concurso ha concluido.
Información General de Ciudasur SL
Nombre de la mercantil: Ciudasur SL
Localidad: MALAGA
Provincia: Málaga
Dirección: MARTINEZ CAMPOS 029001 MALAGA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B11607306
Número De Insolvencia: B11607306
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Ciudasur SL
La actividad de la empresa Ciudasur SL es Alquiler y gestión de inmuebles
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
11-12-2020
A200062119
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga,ANnuncia:Que en el procedimiento concursal Nº263/13 (NIG: 2906742M20130000368) referente al deudor Ciudasur, S.L. con CIF B11607306, por auto de fecha 26 de noviembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el Administrador concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.Málaga, 4 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Díaz.
16-09-2013
A130049342
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 263.02/2013 referente al deudor Ciudasur, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Málaga, 2 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
23-04-2013
A130019582
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 263/2012, (NIG 2906742M20130000368) por auto de fecha 1 de abril, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ciudasur S.L., con NIF B-11607306, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que la administración concursal la integra don Ignacio Briales Ávila, casado, provisto de DNI 25671933T con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal en c/ Cortina del Muelle n.º 15, vecino de Málaga, Profesión Letrado; que lo hace en nombre y representación de la Sociedad MBI Asesores Concursales Económicos y Jurídicos, S.L.P., entidad con domicilio y dirección postal c/ Cortina del Muelle n.º 15, Tfno: 952216049, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 12 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.