Concurso de acreedores Clot De L’Alba S.L.
El 24-05-2012, Clot De L’Alba S.L., en PUIG-REIG (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. Como síndico se ha designado GARCIA QUISMONDO PEREDA RUBEN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B60965878. La principal actividad de la empresa Clot De L’Alba S.L. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Clot De L’Alba S.L.
Nombre de la mercantil: Clot De L’Alba S.L.
Localidad: PUIG-REIG
Provincia: Barcelona
Dirección: BERGA (KM 59,400) 141108692 PUIG-REIG
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B60965878
Número De Insolvencia: B60965878
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Clot De L’Alba S.L.
La actividad de la empresa Clot De L’Alba S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
Mira también:Concurso de acreedores terminado Envans Interiors SLPublicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
26-06-2012
A120046078
Mira también:Concurso de acreedores terminado Envans Interiors SL
Auto de declaración de concurso
Edicto dando publicidad a la Declaración de concurso.Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 784/2011 C5, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número de asunto.- Concurso necesario 784/2011. Sección C5.NIG del procedimiento.- 0801947120118005175.Entidad concursada.- «Clot de l’Alba, Sociedad Limitada», con Código de Identificación Fiscal B60965878.Tipo de Concurso.- Necesario.Fecha del Auto de declaración.- 24 de mayo de 2012.Administrador concursal.- Don Rubén García Quismondo Pereda, con NIF 11792046S, como Administrador concursal único y con correo electrónico [email protected] del concursado.- Suspendidas.Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden a acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 5 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.