Concurso de acreedores Club De Hielo Benalmadena SL.
El 23-11-2020, Club De Hielo Benalmadena SL., en BENALMADENA (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. Como síndico se ha designado SOLVENS CAPITAL SIGLO XXI SLP.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B93520880. La principal actividad de la empresa Club De Hielo Benalmadena SL. es actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.
Información General de Club De Hielo Benalmadena SL.
Nombre de la mercantil: Club De Hielo Benalmadena SL.
Localidad: BENALMADENA
Provincia: Málaga
Dirección: CIUDAD DE MELILLA (ARROYO DE LA MIEL) 029639 BENALMADENA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B93520880
Número De Insolvencia: B93520880
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Club De Hielo Benalmadena SL.
La actividad de la empresa Club De Hielo Benalmadena SL. es Actividades culturales, deportivas y de entretenimiento
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-12-2020
A200064346
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:1º.- Que en el procedimiento n.º 910/2020 (NIG 2906742120200036277), por auto de fecha 23 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CLUB DE HIELO DE BENALMADENA, S.L., con CIF B93520880, con domicilio de la actividad en Ciudad de Melilla s/n CP 29631 Arroyo de la Miel (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.3º.- Que la Administración Concursal la integra la sociedad Solvens Capital Siglo XXI, S.L.P. con CIF n.º B93163749, con DOMICILIO en Ctra. De Cártama, 41, bloque 3, 1.º A y dirección postal 29120 en Alhaurín el Grande (Málaga), TFNO: 952595251, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es D. Juan Andrés Rueda Albarracin, provisto de DNI 33352902G, profesión letrado.4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.7º.- El presente anuncio deja sin efecto el edicto de fecha 3 de diciembre de 2020 publicado en el BOE el día 14 de diciembre de 2020.Málaga, 15 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
14-12-2020
A200062506
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC,Anuncia:1.º-Que en el procedimiento n.º 910/2020 (NIG 2906742120200036277), por auto de fecha 23 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CLUB DE HIELO DE BENALMADENA, S.L, con CIF B93520880, con domicilio de la actividad en Ciudad de Melilla, s/n, CP 29631, Arroyo de la Miel (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º-Que la administración concursal la integra la sociedad Solvens Capital Siglo XXI, S.L.P., con CIF n.º B93163749, con DOMICILIO en Ctra. De Cártama, 41, bloque 3, 1.º A y dirección postal 29120 en Alhaurín el Grande (Málaga), TFNO: 952595251, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es D. Juan Andrés Rueda Albarracin, provisto de DNI 33352902G, profesión Letrado.4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede elJjuzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.6.º-Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 3 de diciembre de 2020.- El letrado de la administración de justicia, José María Casasola Díaz.