Concurso de acreedores terminado Construcciones Benitez Pagador SL

Concurso de acreedores terminado Construcciones Benitez Pagador SL

El 26-11-2013, Construcciones Benitez Pagador SL, en ZAFRA (Badajoz) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06429856. La principal actividad de la empresa Construcciones Benitez Pagador SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Construcciones Benitez Pagador SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Benitez Pagador SL
Localidad: ZAFRA
Provincia: Badajoz
Dirección: URUGUAY 1506300 ZAFRA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B06429856
Número De Insolvencia: B06429856
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ

Actividad Principal de Construcciones Benitez Pagador SL

La actividad de la empresa Construcciones Benitez Pagador SL es

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Construcciones Benitez Pagador SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-05-2019
A190027146

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Doña Lucia Peces Gomez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz.,AnunciaQue en el Sección I Declaración concurso abreviado necesario 375/13 seguido en este órgano judicial, se ha dictado Auto 97/19 de fecha 10 mayo 2019, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1.-Declarar la conclusión del concurso abreviado voluntario de la mercantil Construcciones Benitez Pagador SL, al haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada2.- Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.4.-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.5.-Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art. 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.6.-Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por Viabilidad Empresarial, S.L.P.Badajoz, 10 de mayo de 2019.- Letrada de la administración de justicia, Lucía Peces Gómez.

03-07-2014
A140034487

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

 
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,Anuncia:Que en el Sección I Declaración Concurso 0000375/2013, referente al concursado Construcciones Benítez Pagador, S.L., por Decreto de fecha 25 de junio de 2014, se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la Sociedad Construcciones Benítez Pagador, S.L., CIF n.º B-06429856, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.Badajoz, 25 de junio de 2014.- Secretaria judicial.

15-02-2014
A140005477

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000375/2013, referente al deudor CONSTRUCCIONES BENÍTEZ PAGADOR, S.L. (CIF B06429856), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Badajoz, 4 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

09-12-2013
A130066634

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000375/2013, se ha dictado en fecha 26 de noviembre de 2013, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Construcciones Benítez Pagador, S.L., con CIF B06429856, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Los Caños Ampliación, Parcela 202 B, de Zafra (Badajoz).2.º Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la concursada. Se ha designado, como administración concursal a Viabilidad Empresarial, S.L.P., con domicilio postal en Don Benito (Badajoz), c/ Pedro Alfonso, n.º 3, y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.Badajoz, 27 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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