Concurso de acreedores terminado Construcciones Estruch SL

Concurso de acreedores terminado Construcciones Estruch SL

El 23-10-2019, Construcciones Estruch SL, en TAVERNES DE LA VALLDIGNA (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B46094447. La principal actividad de la empresa Construcciones Estruch SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Construcciones Estruch SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Estruch SL
Localidad: TAVERNES DE LA VALLDIGNA
Provincia: Valencia
Dirección: DE XERACO (EN) 146760 TAVERNES DE LA VALLDIGNA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B46094447
Número De Insolvencia: B46094447
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Construcciones Estruch SL

La actividad de la empresa Construcciones Estruch SL es Construcción

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Construcciones Estruch SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-01-2020
A200000347

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Conclusión del concurso

 
Doña M.ª José Roig Sapiña, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente,Hago Saber:Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado [CNA] – 289/2017 Voluntario, de la deudora Concursada Construcciones Estruch, S.L., con CIF n.° B46094447, con domicilio en la calle Xeraco, n.° 1, Tavernes de Valldigna/Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 23 de octubre de 2019, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor,caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art 178 de la LC.)Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 23 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.

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