Concurso de acreedores Construcciones Gomasper SL

Concurso de acreedores Construcciones Gomasper SL

El 14-07-2020, Construcciones Gomasper SL, en LAS GALLETAS (Tenerife) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B38015285. La principal actividad de la empresa Construcciones Gomasper SL es construcción de edificios.

Información General de Construcciones Gomasper SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Gomasper SL
Localidad: LAS GALLETAS
Provincia: Tenerife
Dirección: ARCILLA (PG IND COSTA DEL SILENCIO ) 238631 LAS GALLETAS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B38015285
Número De Insolvencia: B38015285
Juzgado: Juzgado de SANTA CRUZ DE TENERIFE

Actividad Principal de Construcciones Gomasper SL

La actividad de la empresa Construcciones Gomasper SL es

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Publicaciones Concurso de acreedores Construcciones Gomasper SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-08-2020
A200035476

 

Auto de declaración de concurso

 
Cédula de Notificación.Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.Hago saber: Que en el procedimiento Concursal Ordinario número 272/2014, de la entidad Construcciones Gomasper, S.L., con número de CIF B-38015285, se ha dictado auto de fecha 14 de julio de 2020, por el Juez de Refuerzo JAT, don Néstor Padilla Díaz; cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente:»Autorizo la Dación en Pago de las fincas registrales identificadas en el Razonamiento jurídico primero de esta resolución (con las excepciones indicadas en el Razonamiento jurídico segundo), a favor de la entidad acreedora Atimos Canarias S.L.U. a cambio de la Cancelación Total de los créditos hipotecarios por valor de 28.512.054,95 euros.· Se levantan todas las cargas anteriores a la declaración del concurso que pesan sobre las fincas enajenadas y antes descritas.· La presente autorización está expresamente condicionada a que en el periodo ulterior de licitación, tras la publicación de la venta, no se oferte un precio superior al total del crédito objeto de condonación (28.512.054,95 euros), en cuyo caso se adjudicará al postor que ofrezca precio superior.Publíquese la presente autorización, anunciándola con la misma publicidad que corresponda a la subasta del bien y derecho afecto. En concreto, se requiere a la Administración Concursal y a la concursada para que publiquen la autorización en un diario de máxima difusión a nivel provincial, así como en una Web especializada. Igualmente debe publicarse en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.Cualquier interesado podrá presentar oferta precio superior al aquí autorizado. Al presentar la oferta el oferente deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado el 5 por 100 de la cantidad ofrecida, o mediante aval bancario a primer requerimiento; teniéndose por no presentada la oferta si no se cumplimentara tal requisito. La consignación se deberá realizar en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado Banco Santander número 2273/0000/52/272/2014.· Las condiciones fijadas en este Auto son invariables y los interesados las aceptan por el solo hecho de participar, pudiendo exclusivamente mejorar el precio de la dación, no alterar el resto de pronunciamientos.· Para poder participar en la subasta que en su caso se celebre, será necesario que los interesados cumplan lo preceptuado en el artículo 647 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.· Además, deberán especificar el precio que ofertado por la finca, concretando las modalidades de pago y garantías aportadas. Además, deberán cuantificar el precio ofrecido, concretando las modalidades de pago y garantías aportadas.· Si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor, superando el crédito total se acuerda expresamente abrir licitación entre todos los oferentes. La venta se adjudicará definitivamente al mejor postor.· Una vez se concluya el periodo de licitación y se verifique la transmisión, se acuerda el levantamiento de las cargas hipotecarias que pesan sobre el citado bien referente a crédito con privilegio especial y la anotación de concurso.Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y su publicación en el Registro Público Concursal se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, Don Mario Zurita Arnay, con número de correo [email protected]ónica.net extiendo y firmo la presente».Santa Cruz de Tenerife, 11 de agosto de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Cañada Dorado.

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