Concurso de acreedores Construcciones Jesus Salva SL

Concurso de acreedores Construcciones Jesus Salva SL

El 24-01-2012, Construcciones Jesus Salva SL, en CIZUR (Navarra) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PAMPLONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B31825797. La principal actividad de la empresa Construcciones Jesus Salva SL es construcción de edificios. Se ha abierto la sección 5.

Información General de Construcciones Jesus Salva SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Jesus Salva SL
Localidad: CIZUR
Provincia: Navarra
Dirección: SAN ANDRES 031190 CIZUR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B31825797
Número De Insolvencia: B31825797
Juzgado: Juzgado de PAMPLONA

Actividad Principal de Construcciones Jesus Salva SL

La actividad de la empresa Construcciones Jesus Salva SL es

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

04-03-2013
A130010241

 

Plan de liquidación

Apertura de la sección seis

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000030/2012 referente al concursado Construcciones Jesús Salva, S.L., con CIF B 31825797, con domicilio en calle Mirador de Guendulain, 25, de Zariquiegui, por auto de fecha 5 de febrero de 2013 se ha acordado lo siguiente:Primero.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, salvo en lo relativo al plan de pagos que se tendrá por no puesto.La venta directa de los activos que se propone en el plan, se efectuarán con las precisiones contenidas en el tercero de los fundamentos de derecho de esta resolución.Segundo.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.Tercero.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita.Cuarto.- Una vez firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registro Mercantil a fin de que proceda a su inscripción, conforme al art. 324 del Reglamento del Registro Mercantil.Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.Pamplona/Iruña, 5 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

04-12-2012
A120081256

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección quinta

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 0000030/2012 referente al concursado «Construcciones Jesús Salva, S.L.» por auto de fecha 8 de noviembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:Primero.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor «Construcciones Jesús Salva, S.L.»Segundo.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resoluciónTercero.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.Cuarto.- De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de «Construcciones Jesús Salva, S.L.» así como el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.Quinto.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.Sexto.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» en forma gratuita.Inscríbase, asimismo, en el Registro Mercantil correspondientes la apertura de la fase de liquidación y la supensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC., librándose a tal efecto el oportuno mandamiento.Séptimo.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.Los respectivos despachos se diligenciarán a través del procurador de la concursada, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes y deberá acreditar ante este Juzgado en el término de tres días dicha remisión.Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual llevará a efecto la resolución impugnada.Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 euros en la cuenta depósito y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banesto, a través de una imposición individualizada, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuíta, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. El depósito deberá constituirse ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente n.º 3188000000003012, indicando el tipo de recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.Pamplona/Iruña, 8 de noviembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

28-06-2012
A120046973

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:Primero.- Que en el procedimiento concursal número 0000030/2012 referente al deudor Construcciones Jesus Salva, S.L., con CIF B31825797, con domicilio en Calle Mirador de Guendulain, 25, de Zariquiegui se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Segundo.- en resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Pamplona/Iruña, 31 de mayo de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

21-02-2012
A120009135

 

Auto de declaración de concurso

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.-Que en el procedimiento número 0000030/2012, por auto de fecha 24 de enero de 2012, NIG 312014120110000431 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor CONSTRUCCIONES JESÚS SALVA, S.L., con CIF n.º B-31825797 y domicilio en calle Mirador de Guendulain, 25, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zariquiegui.Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Que el día de hoy ha aceptado el cargo de administración concursal siguiente:Administrador concursal único en el presente procedimiento concursal la mercantil QUOTA AUDITORES, S.L., con domicilio Social en Polígono Mutilva C/E n.º 7-1.º D, 31192 Mutilva Baja. Manifiesta que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 30.1 párrafo segundo de la LC, actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representará a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne las condiciones del apartado 2.º del art. 27-1 de la Ley Concursal.D/Dª Lourdes Goyena Huerta (Quota Auditores).DNI: 15837975-Z, vecino de Mutilva.Domicilio: Polígono de Mutilva, calle E n.º 7, 1.º D.Profesión: Auditor de Cuentas.Teléfono; 948-853230/616480030.Fax: 948853218.Correo Electrónico: [email protected] los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Pamplona/Iruña, 30 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

Deja un comentario