Concurso de acreedores Construcciones Lorenzo Cao SL
El 01-03-2012, Construcciones Lorenzo Cao SL, en CERDEDO (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36308682. La principal actividad de la empresa Construcciones Lorenzo Cao SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Construcciones Lorenzo Cao SL
Nombre de la mercantil: Construcciones Lorenzo Cao SL
Localidad: CERDEDO
Provincia: Pontevedra
Dirección: OUTEIRO (LG ) 6236130 CERDEDO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36308682
Número De Insolvencia: B36308682
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Construcciones Lorenzo Cao SL
La actividad de la empresa Construcciones Lorenzo Cao SL es
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
24-03-2012
A120015963
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D. JOSÉ TRONCHONI ALBERT, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1. Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° sección I Declaración concurso 0000010/2012 (NIG 36038 47 1 2012/0000018, se ha dictado auto de declaración de Concurso voluntario en fecha 1 de marzo de 2012 de CONSTRUCCIONES LORENZO CAO, S.L. con CIF núm. B36308682 y el centro de intereses principales lo tiene en Outeiro, n.° 62 – Quireza – Cerdedo y está inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 2225, Libro 2225, Folio 59, sección 8, Hoja PO 22497.2. Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, en concreto a D. MARCOS FERNÁNDEZ DELGADO, C/ Gutiérrez Mellado, n.° 8 – 2o – Pontevedra – email. [email protected], la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.° 184.3 Ley Concursal)Pontevedra, 1 de marzo de 2012.- El secretario judicial.