Concurso de acreedores Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa
El 22-04-2015, Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa, en CASTELLBISBAL (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A08608804. La principal actividad de la empresa Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa
Nombre de la mercantil: Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa
Localidad: CASTELLBISBAL
Provincia: Barcelona
Dirección: INDUSTRIA (PG CONDE SERT) 7008755 CASTELLBISBAL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A08608804
Número De Insolvencia: A08608804
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa
La actividad de la empresa Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores Construcciones Metalicas Y Mecanicas Jafe Sa:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
19-05-2018
A180032944
EDICTODon Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Barcelona,Hago saber:Que por el presente hago saber que en el Concurso voluntario 285/2015-G de la entidad mercantil Construcciones Metálicas y Mecánicas Jafe, S.A. (JAFESA), con CIF A08608804 se ha dictado auto firme de fecha 19 de febrero de 2018, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada Construcciones Metálicas y Mecánicas Jafe, S.A. (JAFESA), asà como la inscripción de conclusión de concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal.Barcelona, 20 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
25-05-2015
A150022984
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDon Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2015-8002803 y número 285/2015-G, se ha declarado el concurso voluntario, de naturaleza principal, de fecha 22 de abril de 2015 de Construcciones Metálicas y Mecánicas Jafe, Sociedad Anónima (JAFESA), con CIF A08608804 y domicilio en calle Industria, 70 (Polígono Industrial Compte de Sert), 08755 Castellbisbal, Barcelona, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.El administrador concursal es don Pau Ballvé i Reyes, con domicilio en Avenida Josep Tarradellas, 123, 5.º B, 08029 Barcelona, y correo electrónico [email protected] a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avenida Josep Tarradellas, 123, 5.º B, 08029 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.Barcelona, 29 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
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