Concurso de acreedores Construcciones Navalagamella Sa

Concurso de acreedores Construcciones Navalagamella Sa

El 18-03-2015, Construcciones Navalagamella Sa, en NAVALAGAMELLA (Madrid) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A78907755. La principal actividad de la empresa Construcciones Navalagamella Sa es construcción de edificios.

Información General de Construcciones Navalagamella Sa

Nombre de la mercantil: Construcciones Navalagamella Sa
Localidad: NAVALAGAMELLA
Provincia: Madrid
Dirección: SAN JUAN 128212 NAVALAGAMELLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A78907755
Número De Insolvencia: A78907755
Juzgado: Juzgado de MADRID

Actividad Principal de Construcciones Navalagamella Sa

La actividad de la empresa Construcciones Navalagamella Sa es Construcción

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

04-04-2015
A150011477

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDon Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid,Anuncia1.º-Que en el procedimiento número 122/15 se ha dictado auto por el Magistrado don Antonio Pedreira González de fecha 18 de marzo de 2015 declarando el concurso voluntario abreviado CONSTRUCCIONES NAVALAGAMELLA, con NIG 2807900220150030097 y CIF: A-78907755.2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Sergio Domínguez Catala, con despacho profesional y domicilio para la comunicación de créditos en la calle Ferraz, n.º 4, local, CP:28008 Madrid y correo electrónico [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.4.º-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la última publicación.5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).Madrid, 18 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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