Concurso de acreedores Construcciones Pereiro Y Campos SL

Concurso de acreedores Construcciones Pereiro Y Campos SL

El 17-04-2013, Construcciones Pereiro Y Campos SL, en SILLEDA (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36107951. La principal actividad de la empresa Construcciones Pereiro Y Campos SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Construcciones Pereiro Y Campos SL

Nombre de la mercantil: Construcciones Pereiro Y Campos SL
Localidad: SILLEDA
Provincia: Pontevedra
Dirección: SANTA EULALIA 036540 SILLEDA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36107951
Número De Insolvencia: B36107951
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Construcciones Pereiro Y Campos SL

La actividad de la empresa Construcciones Pereiro Y Campos SL es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

08-05-2013
A130022218

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EDICTOD. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Xdo. Do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de Concurso 71/2013-D y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000119 se ha dictado en fecha 11.04.13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Construcciones Pereiro y Campos, SL, con C.I.F. B-36.107.951, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Santa Eulalia 5-BJ derecha, Silleda (Pontevedra).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que necesitarán la autorización o conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a María Teresa Bouzón Neira, con domicilio postal en Avenida Benito Vigo 119, 2.º-A, A Estrada (Pontevedra) y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica de Registro Público Concursal.Pontevedra, 17 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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