Concurso de acreedores Construcciones Segonova SLl

Concurso de acreedores Construcciones Segonova SLl

El 28-03-2012, Construcciones Segonova SLl, en PADRON (La Coruña) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15820582. La principal actividad de la empresa Construcciones Segonova SLl es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Construcciones Segonova SLl

Nombre de la mercantil: Construcciones Segonova SLl
Localidad: PADRON
Provincia: La Coruña
Dirección: REAL 015900 PADRON
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B15820582
Número De Insolvencia: B15820582
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA

Actividad Principal de Construcciones Segonova SLl

La actividad de la empresa Construcciones Segonova SLl es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-04-2012
A120022767

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña,por la presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 122/2012-c y NIG n.º 15030 47 1 2012/0000229 se ha dictado en fecha 28 de marzo de 2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Construcciones Segonova,Sociedad Limitada, con CIF B15820582, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Padrón (A Coruña).2.º Se ha acordado la intervención de la facultades de administración y disposíción que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Julio Santiago García, con domicilio postal en calle La Rosa, 16, 1.º B, 15702 Santiago de Compostela y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicito en el Boletín Oficial del Estado.A Coruña, 28 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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